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El estupro / César Eduardo Flores Hernández.

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Tepic, Nayarit ; México : El Autor, 2000Descripción: 68 h. ; 27 cmTema(s): Clasificación LoC:
  • HV6558 .F5 2000
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Contenidos:
Cap. 1. El delito de estupro.-- 1.1. Concepto del delito de estupro.-- 1.2. Evolución del delito de estupro.-- 1.2.1. Breve historia universal del delito de estupro.-- 1.2.2. Evolución del delito de estupro en méxico.-- 1.2.2.1. El estupro en la época prehispánica de méxico.-- 1.2.2.2. El estupro en el méxico colonial.-- 1.2.2.3. El estupro en el méxico independiente.-- 1.2.2.3.1. El estupro en el código penal de 1871 para el distrito federal en materia del fuero común.-- 1.2.2.3.2. El estupro en el código penal de 1929 para el distrito federal en materia del fuero común.-- 1.2.2.3.3. El estupro en el código penal de 1931 para el distrito federal en materia del fuero común.-- 1.2.2.3.4. El estupro en la reforma del código penal de 1985 para el distrito federal en materia del fuero común.-- 1.2.2.3.5. El estupro en la reforma del código penal de 1991 para el distrito federal en materia del fuero común.-- 1.3. Los sujetos en el delito de estupro.-- 1.3.1. El sujeto activo.-- 1.3.2. El sujeto pasivo.-- 1.4. Elementos formales del delito de estupro.-- 1.4.1. Acción de copular.-- 1.4.2. Que la cópula se efectúe con mujer púber menor de 18 años.-- 1.4.3. Que la mujer sea casta y honesta.-- 1.4.4. Que se haya obtenido su consentimiento por medio de la seducción o engaño.-- 1.5. El bien jurídico en el estupro.-- 1.5.1. El bien jurídico en el estupro desde el punto de vista dogmático.-- Cap. 2. El delito de estupro en el estado de nayarit.-- 2.1. Definición del delito de estupro en el código penal del estado de nayarit.-- 2.2. El sujeto activo y pasivo en el artículo 258 del código penal vigente en el estado de nayarit.-- 2.3. Elementos del delito de estupro en la legislación penal del estado de nayarit.-- 2.3.1. Acción de copular.-- 2.3.2. Que la cópula se efectúe con mujer púber menor de 18 años.-- 2.3.3. Que la mujer sea casta y honesta.-- 2.3.4. Que se haya obtenido su consentimiento por medio de la seducción o engaño.-- 2.4. Evolución del delito de estupro en nuestro estado de nayarit.-- 2.4.1. El estupro en el código penal de 1929 para el distrito federal en materia del fuero común.-- 2.4.2. El estupro en el código penal de 1954 para el estado de nayarit.-- 2.4.3. El estupro en el código penal de 1969 para el estado de nayarit.-- 2.4.4. El estupro en el código penal de 1986 en el estado de nayarit.-- 2.4.5. El estupro en la reforma del código penal de 1996 para el estado de nayarit.-- Cap. 3. La inoperancia de algunos elementos en el delito de estupro.-- 3.1.2.1.2. Crecimiento del vello.-- 3.1.2.1.3. Aparición y regulación del ciclo ovulatorio.-- 3.1.2.1.4. Aspecto psicológico de la mujer en la pubertad.-- 3.1.2.2. Edad máxima en el sujeto pasivo.-- Cap. 4. El estupro en las jurisprudencias de méxico.-- 4.1. Tesis y jurisprudencias relacionadas con el estupro.-- 4.1.1. Tesis y jurisprudencias relacionadas con la seducción y el engaño.-- 4.1.2. Tesis y jurisprudencias en cuanto a la edad del sujeto pasivo.-- Cap. 5. El estupro en el derecho comparado.-- 5.1. El estupro en las legislaciones nacionales y extranjeras.-- 5.1.1. Estados de méxico en los que se omite elemento seducción.-- 5.1.2. Estados de la república mexicana en los que se contempla como edad máxima en el sujeto pasivo los 16 años.-- 5.1.3. El delito de estupro en algunas legislaciones extranjeras.-- Conclusiones.-- Propuesta.-- Fuente de información.
Nota de disertación: (Licenciado en Derecho) U.A.N. Alcance y contenido: La presente investigación se encuentra encaminada, primeramente a estudiar las concepciones que sobre el estupro tienen algunos penalistas mexicanos, para posteriormente analizar cada uno de los elementos que componen el delito de estupro, estipulado por.el Código Penal para el Estado de Nayarit; enseguida observar y establecer que tanta relevancia tiene el elemento seducción en el estupro y él por qué se debe disminuir un año la edad en el sujeto pasivo, plasmando algunas tesis y jurisprudencias, así como definiciones que otros Estados de la República mexicana le dan al delito de estupro.
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(Licenciado en Derecho) U.A.N.

Bibliografía: h. [66]-68.

Cap. 1. El delito de estupro.--
1.1. Concepto del delito de estupro.--
1.2. Evolución del delito de estupro.--
1.2.1. Breve historia universal del delito de estupro.--
1.2.2. Evolución del delito de estupro en méxico.--
1.2.2.1. El estupro en la época prehispánica de méxico.--
1.2.2.2. El estupro en el méxico colonial.--
1.2.2.3. El estupro en el méxico independiente.--
1.2.2.3.1. El estupro en el código penal de 1871 para el distrito federal en materia del fuero común.--
1.2.2.3.2. El estupro en el código penal de 1929 para el distrito federal en materia del fuero común.--
1.2.2.3.3. El estupro en el código penal de 1931 para el distrito federal en materia del fuero común.--
1.2.2.3.4. El estupro en la reforma del código penal de 1985 para el distrito federal en materia del fuero común.--
1.2.2.3.5. El estupro en la reforma del código penal de 1991 para el distrito federal en materia del fuero común.--
1.3. Los sujetos en el delito de estupro.--
1.3.1. El sujeto activo.--
1.3.2. El sujeto pasivo.--
1.4. Elementos formales del delito de estupro.--
1.4.1. Acción de copular.--
1.4.2. Que la cópula se efectúe con mujer púber menor de 18 años.--
1.4.3. Que la mujer sea casta y honesta.--
1.4.4. Que se haya obtenido su consentimiento por medio de la seducción o engaño.--
1.5. El bien jurídico en el estupro.--
1.5.1. El bien jurídico en el estupro desde el punto de vista dogmático.--

Cap. 2. El delito de estupro en el estado de nayarit.--
2.1. Definición del delito de estupro en el código penal del estado de nayarit.--
2.2. El sujeto activo y pasivo en el artículo 258 del código penal vigente en el estado de nayarit.--
2.3. Elementos del delito de estupro en la legislación penal del estado de nayarit.--
2.3.1. Acción de copular.--
2.3.2. Que la cópula se efectúe con mujer púber menor de 18 años.--
2.3.3. Que la mujer sea casta y honesta.--
2.3.4. Que se haya obtenido su consentimiento por medio de la seducción o engaño.--
2.4. Evolución del delito de estupro en nuestro estado de nayarit.--
2.4.1. El estupro en el código penal de 1929 para el distrito federal en materia del fuero común.--
2.4.2. El estupro en el código penal de 1954 para el estado de nayarit.--
2.4.3. El estupro en el código penal de 1969 para el estado de nayarit.--
2.4.4. El estupro en el código penal de 1986 en el estado de nayarit.--
2.4.5. El estupro en la reforma del código penal de 1996 para el estado de nayarit.--

Cap. 3. La inoperancia de algunos elementos en el delito de estupro.--
3.1.2.1.2. Crecimiento del vello.--
3.1.2.1.3. Aparición y regulación del ciclo ovulatorio.--
3.1.2.1.4. Aspecto psicológico de la mujer en la pubertad.--
3.1.2.2. Edad máxima en el sujeto pasivo.--

Cap. 4. El estupro en las jurisprudencias de méxico.--
4.1. Tesis y jurisprudencias relacionadas con el estupro.--
4.1.1. Tesis y jurisprudencias relacionadas con la seducción y el engaño.--
4.1.2. Tesis y jurisprudencias en cuanto a la edad del sujeto pasivo.--

Cap. 5. El estupro en el derecho comparado.--
5.1. El estupro en las legislaciones nacionales y extranjeras.--
5.1.1. Estados de méxico en los que se omite elemento seducción.--
5.1.2. Estados de la república mexicana en los que se contempla como edad máxima en el sujeto pasivo los 16 años.--
5.1.3. El delito de estupro en algunas legislaciones extranjeras.--

Conclusiones.--

Propuesta.--

Fuente de información.


La presente investigación se encuentra encaminada, primeramente a estudiar las concepciones que sobre el estupro tienen algunos penalistas mexicanos, para posteriormente analizar cada uno de los elementos que componen el delito de estupro, estipulado por.el Código Penal para el Estado de Nayarit; enseguida observar y establecer que tanta relevancia tiene el elemento seducción en el estupro y él por qué se debe disminuir un año la edad en el sujeto pasivo, plasmando algunas tesis y jurisprudencias, así como definiciones que otros Estados de la República mexicana le dan al delito de estupro.

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